Obligatoriedad de Facturación Electrónica para Proveedores del Estado

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informa a los proveedores del Estado que, conforme a lo establecido en la Resolución General DNIT N.º 21/2024, a partir del 2 de enero de 2026 será obligatoria la emisión de documentos tributarios exclusivamente en formato electrónico.

Esta disposición alcanza a todos los proveedores del Estado, quienes deberán adecuar sus sistemas para operar como facturadores electrónicos, emitiendo sus comprobantes a través de los sistemas habilitados por la DNIT, de conformidad con las normativas vigentes. Se exceptúa únicamente el Comprobante de Retención Virtual, conforme a la reglamentación aplicable.

La medida forma parte del proceso de modernización y digitalización del sistema tributario nacional, con el objetivo de fortalecer la transparencia, eficiencia y trazabilidad en las operaciones comerciales con el sector público.

Se insta a los contribuyentes alcanzados a prepararse con la debida antelación, verificando que sus sistemas informáticos, procesos internos y desarrollos tecnológicos cumplan con los requisitos técnicos establecidos por la DNIT, a fin de evitar inconvenientes en la implementación.

Para más información, los interesados pueden consultar la normativa vigente y los lineamientos técnicos disponibles en los canales oficiales de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.

Teresa Barrios